(click en la imagen para redireccionar al código penal)
El "sexting" puede considerarse delito de pornografía infantil porque la reciente reforma del artículo
128 de la ley de Delitos Informáticos (26.388) del Código Penal pena
con hasta seis años de prisión a quien publique, divulgue o distribuya
una imagen sobre actos sexuales o mostrando los genitales de un menor de
18 años.


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